La elección de una Junta Central Electoral según la Nueva Constitución

El Senado de la República se apresta a elegir la nueva Junta Central Electoral (JCE) y desde el inicio de la convocatoria podemos augurar dificultades, y la conformación de una JCE que en términos técnicos no esté a la altura de las necesidades. ¿Porqué? Según el Senado los requisitos para ser miembros de la JCE son "ser dominicano de nacionalidad, tener 35 años de edad, ser doctor o licenciado en derecho, tener 12 años mínimos de ejercicio profesional y estar en plenos derechos civiles y políticos, así como de conducta intachable, transparencia e idoneidad".

¿Todas las personas miembros de la JCE deben ser abogadas? El perfil no se corresponde con las funciones que según el artículo 212 de la Constitución del 2010 la JCE tiene: "La finalidad principal de la JCE, será organizar y dirigir las asambleas electorales para la celebración de elecciones y de mecanismos de participación popular establecidos por la presente Constitución y las leyes." La responsabilidad principal de la JCE será organizativa, ya no tiene funciones de tribunal, y sus relaciones con las leyes serán las mismas que cualquier otra institución del país. La JCE, según la nueva Constitución, hará las funciones que antes sólo le correspondían a la Cámara Administrativa.

Para nadie es un secreto lo costoso que resultan los procesos administrativos en la actual JCE y la ineficiencia con que manejó la Cámara Administrativa la automatización del registro civil y su relación con la empresa SOMO. La nueva JCE necesita personas con experiencia en el plano de la gerencia, en especial la gerencia pública, que conozcan de procesos administrativos que coloquen el énfasis en lograr eficiencia y equidad en los servicios públicos, que elaboren un modelo de calidad en la atención. No requiere solo abogados y políticos que vayan a privilegiar su área de conocimiento, por lo cual todo lo quieren resolver litigando y prestan poca atención a ofrecer servicios públicos de calidad en la JCE.

Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral 2006-2010
La Constitución es clara: la nueva JCE no sólo organiza las elecciones, sino que además tendrá como dependientes "el Registro Civil y la Cédula de Identidad y Electoral", lo que significa que la carga de actividades en el área gerencial será enorme. Y sin embargo, el Senado quiere poner sólo "abogados con 12 años mínimos de ejercicio profesional". Ahora bien, no sostengo que abogados y abogadas no puedan optar por ser miembro de la JCE, pueden hacerlo, lo que no deben es ser los únicos. De hecho la JCE necesita ser conformada por un equipo multidisciplinario en su dirección. Politólogos y científicos sociales pueden ser de gran ayuda para evaluar y mejorar los mecanismos de participación popular que la JCE tiene a su cargo. Gerentes, cientistas sociales y abogados, son necesarios. Hay experiencias, en México el presidente del Consejo del Instituto Federal Electoral (IFE), equivalente a la nueva JCE es doctor en Ciencias Sociales, y el director ejecutivo es Licenciado en Filosofía y Letras.

Ramón Tejada Holguín
7 de septiembre 2010
El Caribe

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