Toda sentencia es la opinión jurídicamente validada y técnicamente sustentada de un juez, jueza o grupo de jueces, a quien o quienes la sociedad ha encomendado las más delicada misión que existe: juzgar a los demás, la de decir quien es culpable y quien es inocente. La humanidad no es infalible, por lo que las sentencias, es decir, las opiniones de los jueces, no se pueden basar en el estado de ánimos o las preferencias personales. Para evitarlo se han elaborados códigos que tipifican los delitos y crímenes, establecen los procedimientos, las reglas del juego y el papel que deben desempeñara cada persona, desde el acusado al juez, del acusador al defensor. Por lo tanto toda opinión de un juez o jueza debe estar estructurada de tal manera que las posibilidades de error sean mínimas. Y no es para menos, un error puede significar veinte años de la vida de una persona, o la quiebra de un negocio prospero, o puede influenciar haciendo fracasar la lucha contra la corrupción.
Sí, la opinión de un juez puede comprometer la integridad de una persona o una institución. Ya lo dice el conocido axioma: “los jueces hablan por sus sentencias”. Sólo por sentencia deben opinar los jueces en el país. En especial de los de la Suprema Corte de Justicia. No es bueno que estén constantemente opinando en la prensa dominicana. El poder judicial debería tener un vocero, un experto en comunicación social y asuntos jurídicos, que explique las posiciones de este poder y lo defienda, no debe ser un juez, porque ellos sólo deben opinar por sentencias. En ocasiones la prensa atrapa a un juez de mal humor, o sin haber consultado los códigos y reglamentos necesarios, y si el juez hace una declaración en ese estado de ánimos puede cometer errores de gran importancia. No, los jueces no deberían decir ni siquiera ésta boca es mía a través de la prensa.
Las recientes declaraciones del Presidente de la Suprema Corte, quien dijo que desea “que el Departamento de Prevención de la Corrupción tuviera los agentes necesarios que les sirvan para motivar mejor los expedientes de corrupción que llegan a los tribunales” son peligrosas para la lucha contra la corrupción e indican una hipersensibilidad del poder judicial. El Departamento de Prevención de la Corrupción (DPCA) tiene en los tribunales diversos expedientes, y estos pronunciamientos del Presidente de la Suprema Corte podrían influenciar a los jueces que en los tribunales están conociendo los casos sometidos por ese departamento. Las promociones y las destituciones de jueces se toman en el seno de la Suprema Corte, ¿nos entendemos?.
Para colmo de madres, el enfrentamiento entre el Presidente de la Suprema Corte y el DPCA ocurre porque la Suprema dijo que la sentencia de un juez en el caso RENOVE tenía deficiencias técnicas, por lo cual se remitía el caso a un juez de la misma jurisdicción. O sea que el Presidente mismo de la Suprema Corte admitió que los jueces de apelación cometieron un error técnico. No fue el DPCA que instrumentó mal el expediente. En concreto el Presidente de la Suprema sostuvo que el asunto era un tecnicismo legal, provocado por la no motivación de la sentencia de parte de un tribunal de apelaciones. Pero, se ofendió por la repuesta del DPCA en el sentido de lamentar la decisión, lo cual es un derecho de una de las partes. Pero, no del juez, este sólo debe opinar con sentencias, y esa opinión jamás debe estar motivada en un enfrentamiento con el ministerio público, sino en códigos, leyes y reglamentos. Todo juez debe tomar en cuenta que la lucha contra la corrupción necesita de su ecuanimidad y de decisiones sustentadas en lo legal y en lo justo, no debe haber decisiones basada en la política o la conveniencia, o la incomodidad momentánea de un juez.
Ramón Tejada Holguín
El Caribe, 15 de Febrero 2007.